Kit Digital es un programa de ayudas que el Ministerio de Asuntos Económicos y Transformación Digital ha puesto a disposición de pymes y autónomos cuyo domicilio fiscal esté ubicado en el territorio español, cualquiera que sea su sector productivo, durante los próximos 3 años.
El programa se inicio a finales de 2021 y dispone de un presupuesto total de más de 3.067 millones de euros, financiado por la Unión Europea a través de los fondos Next Generation EU, en el marco de la agenda España Digital 2025 y el Plan de Digitalización de Pymes 2021-2025.
El programa de ayudas tiene tres convocatorias o segmentos de beneficiarios, que distingue a las empresas dependiendo de su magnitud o número de empleados y los pone en relación con el importe que van a recibir, es decir, cada tipo de empresa (diferenciada por la cantidad de empleados) podrá ser beneficiaria de un importe distinto, como explicamos en la sección “importes”.
La convocatoria para el primer segmento de empresas, dirigida a PYMES que cuenten entre 10 y 49 trabajadores, ya está en funcionamiento, con una financiación de 500 millones de euros.
DURACIÓN
A priori, estas subvenciones podrán otorgarse durante toda la vigencia temporal del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, o la que resulta hasta el agotamiento del crédito presupuestario (3.067 millones de euros) del programa, si ello ocurre con anterioridad a la finalización de la vigencia del mencionado Plan.
OBJETIVO – LA DIGITALIZACIÓN DE LAS EMPRESAS
Este programa, pretende promover la digitalización de pequeñas empresas, micropymes y autónomos, y contribuir a modernizar el tejido productivo español. El bono digital se trata de una subvención directa otorgada mediante el procedimiento de concurrencia no competitiva, de carácter dinerario, destinado a financiar una o varias soluciones de digitalización de las establecidas en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital.
mejorar la competitividad y el nivel de madurez digital de las pequeñas empresas, de las microempresas y de las personas en situación de autoempleo, mediante la adopción de soluciones de digitalización en alguna(s) de las categorías descritas a continuación.
IMPORTES
El importe máximo del bono digital del que pueden beneficiarse las pymes y autónomos en todo el territorio nacional dependerá del tamaño de cada empresa:
- Las pequeñas empresas de entre 10 y 50 empleados: 12.000€
- Las pequeñas empresas o microempresas de entre 3 y menos de 10 empleados: 6.000€
- Las pequeñas empresas o microempresas de entre 0 y menos de 3 empleados y personas en situación de autoempleo: 2000€.
Con este bono podrás destinar a obtener una o varias “soluciones digitales” que permitirán a las empresas aumentar su nivel de digitalización. Entre las múltiples “soluciones digitales” se encuentran:
- SITIO WEB Y PRESENCIA EN INTERNET. Con el fin de cumplir el objetivo de expansión de la presencia en internet de la pyme mediante la creación de una página web y/o la prestación de servicios que proporcionen un posicionamiento básico en internet, son aplicables las siguientes mejoras funcionales: mejora del rendimiento; mejora de la accesibilidad (WCAG, ATAG, UAAG); mejora de la interfaz; mejora de la seguridad y protección del equipo o dispositivo (inclusión de Certificados SSL), etc….
- COMERCIO ELECTRÓNICO. Si la empresa tiene por finalidad crear una tienda online de compraventa de productos y/o servicios, son aplicables las siguientes mejoras funcionales: mejora del alcance o ampliación de los servicios y/o funcionalidades existentes; mejora de la seguridad y protección del equipo/dispositivo; mejora de la accesibilidad; mejora de la interfaz y conexión entre sistemas (tales como la integración con otras plataformas de e-commerce o plataformas logísticas), etc.…
- GESTIÓN DE REDES SOCIALES. Que tiene por finalidad promocionar a las empresas beneficiarias en las redes sociales, para mejorar el alcance o ampliar los servicios y/o funcionalidades (monitorizar menciones y hashtags, calendario de publicaciones…).
- GESTIÓN DE CLIENTES. Tiene el objetivo de digitalizar y optimizar la gestión de las relaciones comerciales de los beneficiarios con sus clientes.
- BUSINESS INTELLIGENCE Y ANALÍTICA. Esta opción supone explotar los datos de la empresa para mejorar el proceso de toma de decisiones.
- GESTIÓN DE PROCESOS. Tiene como finalidad cumplir el objetivo de digitalizar y/o automatizar procesos de negocio relacionados con los aspectos operativos o productivos (ej.: mejora de la usabilidad y experiencia de usuario basada en un análisis de interacción del usuario con los menús y páginas de la plataforma existente; mejora de integración con plataformas de terceros).
- FACTURA ELECTRÓNICA. Tiene como objetivo digitalizar el flujo de emisión de facturas entre las empresas beneficiarias y sus clientes.
- SERVICIOS Y HERRAMIENTA DE OFICINA VIRTUAL. Tiene el fin de cumplir el objetivo de implantar soluciones interactivas y funcionales que permitan la colaboración más eficiente entre los trabajadores de las empresas beneficiarias.
- COMUNICACIONES SEGURAS. Sirve para proporcionar a las empresas beneficiarias seguridad en las conexiones entre los dispositivos de sus empleados y la empresa.
- CIBERSEGURIDAD. Pretende proporcionar a las empresas beneficiarias seguridad básica y avanzada para los dispositivos de sus empleados.
REQUISITOS
Los requisitos que deben cumplir las empresas para optar a las ayudas del programa del Kit Digital son:
- Tener la consideración de pequeña empresa, microempresa o autónomo;
- Estar inscrito en el Censo de empresarios, profesionales y retenedores de la AEAT o equivalente, estar en situación de alta y tener la antigüedad mínima que se establece por convocatoria (en principio, se requieren 6 meses de antigüedad);
- No tener consideración de empresa en crisis;
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social;
- No estar sujeta a una orden de recuperación pendiente de la Comisión Europea que haya declarado una ayuda ilegal e incompatible con el mercado común;
- No incurrir en ninguna de las prohibiciones previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones;
- No superar el límite máximo de ayudas establecido en el marco comunitario para contar con la autorización automática “de minimis”;
- Disponer de la evaluación del Nivel de Madurez Digital, de acuerdo con el test de diagnóstico disponible en la plataforma Acelerapyme.
¿Te resulta interesante este programa? ¿Necesitas más información?
Si eres una empresa adherente a este programa, y necesitas incorporar cualquier cláusula específica sobre kit digital o necesitas elaborar el contrato marco al que se van a sujetar los beneficiarios de estas subvenciones, no dudes en ponerte en contacto con nosotros, AIT se encarga de facilitar y redactar los documentos pertinentes.
Si por el contrario, necesitas más información sobre el programa, sobre quién puede realizar la solicitud, si la subvención es compatible con otras, cómo solicitarla, cuál es la documentación que debe aportarse, cuáles son los beneficios que se pueden obtener, cuáles son las obligaciones del beneficiario, etc…. Desde AIT te proporcionamos toda la información necesaria para que puedas beneficiarte de este programa.
Te seguiremos informando sobre el Programa Kit Digital y sus beneficios, puedes seguirnos enredes sociales, tanto en LinkedIn, en Facebook y en Twitter, donde publicamos semanalmente información.
¡Te esperamos!