Dentro de los derechos que proporciona la legislación europea en materia de protección de datos, en protección a los datos personales de los ciudadanos, encontramos el derecho de oposición. A continuación, vamos a explicar en qué consiste y cómo ejercerlo, vamos a fijar las líneas generales que señala la legislación al respecto.
Se trata de un derecho que se puede utilizar, como su nombre indica, para oponerse a que un responsable realice un tratamiento de los datos personales. Encontramos su regulación en los arts. 21 y 22 del Reglamento general de protección de datos (RGPD) y en el art. 18 de la Ley Orgánica de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales.
SUPUESTOS DE APLICACIÓN
Podemos distinguir distintos supuestos reconocidos en la ley en los que procede el ejercicio de este derecho:
(1) Cuando los datos sean objeto de tratamiento basado en una misión de interés público o en el ejercicio de poderes públicos conferidos al responsable del tratamiento, debiendo limitarse el tratamiento de los mismos hasta que obtenga respuesta del ejercicio de este derecho.
También se incluye en este apartado cuanto el tratamiento de los datos personales se basa en la satisfacción de un interés legítimo perseguido por el responsable del tratamiento o un tercero.
En este caso, si se ejercita por parte del sujeto afectado el derecho de oposición, el responsable dejará de tratar los datos salvo que acredite motivos imperiosos que prevalezcan sobre los intereses, derechos y libertades del interesado, o para la formulación, el ejercicio o la defensa de reclamaciones.
(2) Cuando el tratamiento tenga como finalidad la mercadotecnia directa, incluida también la elaboración de perfiles.
(3) Cuando el tratamiento de los datos personales se esté realizando con fines de investigación científica o histórica o fines estadísticos.
REQUISITOS DEL PROCEDIMIENTO DE OPOSICIÓN
En las solicitudes en ejercicio del derecho de oposición debe estar suficientemente identificado el solicitante. Si la solicitud la formula un tercero, deberá acreditarse oportunamente la representación otorgada para ello.
También podrá presentarse por los tutores legales cuando el perjudicado sea un menor de 14 años.
El ejercicio del derecho de oposición debe ser gratuito siempre, aunque la normativa contempla una excepción para aquellas solicitudes que puedan resultar infundadas o excesivas, en cuyo caso se admite la aplicación de un canon razonable para cubrir los costes de tramitación. En cualquier caso, el responsable del tratamiento deberá justificar y demostrar debidamente los motivos del canon.
El plazo para responder a la solicitud del derecho de oposición es de un mes, computado desde el momento de la recepción de la solicitud por la otra parte.
¿FRENTE A QUIÉN DIRIGIR LA SOLICITUD?
El titular (o tercero autorizado) de los datos personales objeto de tratamiento debe dirigirse directamente ante el organismo público o privado, empresa o profesional que tiene la certeza o se presume, que posee sus datos.
Posteriormente, en caso de no haber sido atendida la solicitud de ejercicio del derecho de oposición, y siempre que haya transcurrido un mes sin que el responsable haya hecho efectivo el derecho, podrá tramitarse la reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos.
Para este tipo de actuaciones, siempre debes estar asesorado de un abogado, desde AIT te facilitamos toda la información que necesitas ante un incorrecto tratamiento de tus datos personales, y te ayudamos a ejercitar los derechos que te corresponden como miembro de la Unión Europea para evitar el mal uso en el tratamiento de la información personal y los perjuicios que ello puede suponer, ya seas persona física o jurídica.
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